sábado, 4 de abril de 2026

ESPECIES A DECLARAR CON PESCAREC

Al objeto de aclarar el entuerto en el que nos ha metido la Administración, aquí dejo la relación de peces de los que habrá que declarar su captura, caso de tenerlas.
 
ESPECIES CON PROTECCIÓN DIFERENCIADA (anexo II)
ESPECIES SOMETIDAS A TAC (TOTAL ADMISIBLE DE CAPTURAS) 2026-2028 (Cantábrico Noroeste y Atlántico peninsular)
 
MERLUZA DEL SUR 
(
Merluccius australis)
GALLO (Lepidorhombus boscii)
JUREL (Trachurus trachurus)
RAPE (Lophius piscatorius)
CABALLA (Scomber scombrus)
 
De años anteriores y pendientes de confirmar para este año:
 
ANCHOA (Engraulis encrasicolus)
GALLO (Lepidorhombus boscii)
EGLEFINO (Melanogrammus aeglefinus)
MERLÁN (Merlangius merlangus)
BACALADILLA (Micromesistius poutassou)
SOLLA EUROPEA ((Pleuronectes platessa)
 
LA ALEGALIDAD DE PESCAREC
 
Lo sorprendente del tema es que en Pescarec aparecen otras especies como declarables que no están en ninguno de los apartados anteriores, tales como: Bonitos (Sarda sarda), Melvas (Auxis rochei), Estorninos o Antoñitos (Scomber japonicus) o Alistados (Katsuwonus pelamis). LMQUELOSPARIÓ NO HAY QUIÉN SE ACLARE. 
 
No podemos olvidar que PESCAREC nace de la obligación que nos impone la UE de declaración de las especies que ellos mismos dictaminan como declarables y por lo tanto, no puede ir más allá de lo que la UE dispone.